Al final hay AMOR...¡que majos!
Presidencia / Secretaría Intercentros y Delegados Sindicales Estatales Cepsa
Con relación a la Comunicación a la Seguridad Social de los pactos de jubilación parcial recogidos en Convenio Colectivo, ponemos en su conocimiento que, no obstante tratarse de acuerdos ya registrados y publicados debidamente en su momento, hemos procedido a informar nuevamente de los mismos, a las Direcciones Provinciales del INSS correspondientes. En la comunicación remitida al INSS, se ha hecho constar la relación de trabajadores ya jubilados parcialmente desde el 2 de agosto de 2011 al 1 de marzo de 2013, así como, el número global de aquéllos que podrían acogerse a la Jubilación Parcial en base a estos acuerdos, que no se puede personalizar a día de hoy, al tratarse de una cuestión sujeta a la decisión de los propios empleados. Los trabajadores jubilados parcialmente antes del 2 de agosto de 2011, tienen ya prevista la aplicación de la normativa anterior para su jubilación ordinaria o anticipada, a través de la Ley 27/2011 de 1 de Agosto.
Saludos cordiales,
No hay comentarios:
Publicar un comentario