viernes, 29 de octubre de 2021

PREACUERDO PARA REGULAR EL SISTEMA DE OBJETIVOS (MIDE Y SGO)

 

Como recordaréis, a principios de año, la empresa propuso una Modificación Sustancial de las Condiciones de Trabajo que comprendía el cambio de ambos modelos, incluyendo objetivos Individuales y no dando peso a los de Grupo. Se abrió un periodo de negociación de 15 días no alcanzando un preacuerdo. A partir de ese momento se interpusieron sendas demandas ante el Juzgado de lo Social, puesto que la empresa decidió igualmente, y de forma unilateral, implantar el nuevo modelo, la empresa solicitó un aplazamiento de los juicios del Convenio Grupo Parcial para intentar llegar a un preacuerdo.

Actualmente tenemos que comunicaros que hemos conseguido llegar a un preacuerdo y queremos explicaros en qué consiste, para ello os trasladamos los logros alcanzados:

Logros alcanzados

Hasta ahora los sistemas de valoración de los objetivos y del desempeño del trabajador (MIDE y SGO) se regulaban en procedimientos internos, no estando por tanto sujetos a negociación colectiva. A raíz de este preacuerdo pasan a estar sujetos a negociación (los trabajadores tendremos voz y voto).

En el preacuerdo se establece la desaparición de la asignación de los rangos de letras para la valoración del desempeño individual, en cuanto a su ponderación a efectos económicos. Esto como sabéis suponía una fuente constante de conflictos y de enfrentamiento que nunca hemos querido. Se seguirá haciendo una valoración de los trabajadores, pero sólo a efectos de desarrollo (movilidad, promociones, formación). Además, y a estos efectos, se reduce el rango de letras pasando a considerar sólo C, C+ y B.

Como sabéis teníamos unas capas de ponderación de objetivos: Grupo, Dirección, División, y, con la modificación introducida, Individuales. Uno de los pilares de nuestras demandas era que no queríamos que se eliminara la capa de Grupo en ninguno de los dos sistemas dado que históricamente ha sido siempre la capa más estable. Hemos conseguido mantenerla en los dos sistemas.

Finalmente, el porcentaje de capas de valoración serán las siguientes, mejorando considerablemente los % que existían con carácter previo a la denuncia:

MIDE

SGO

Grupo: 20%

Grupo: 10%

Dirección: 30%

Dirección: 10%

División: 30%

División: 10%

Individual: 20%

Individual: 60%

 

Discrecional: 10%

Hemos conseguido que el periodo de establecimiento de los objetivos sea el primer cuatrimestre del año, como sabéis hasta ahora no existía este compromiso, demorándose más de lo deseado y considerando que esto era un perjuicio para el trabajador. Si no se cumple este plazo, salvo por fuerza mayor, se garantiza un mínimo de un 70% de consecución en el periodo desde enero hasta la fecha en que se determinen. Esto aplicará a partir de 2022.

Se establece una comisión paritaria de seguimiento para cada modalidad del sistema (MIDE y SGO), en la que participa la representación de los trabajadores (RT). Será por tanto la RT quien defienda ante la empresa las posibles demandas tanto en el establecimiento de objetivos como en su valoración final.

Se ha conseguido mejorar las situaciones especiales ya acordadas en 2015 y referidas a maternidad, incapacidad, suspensión de la relación laboral, disfrute medidas de conciliación, etc.

A efectos de valoración de la consecución de los objetivos no se tendrán en cuenta los periodos de absentismo inferiores al 4%. Esto no aplica en las situaciones especiales en las que se garantiza el 100%.

 

Ante todo, trasladar que desde CCOO hemos trabajado duramente pensando siempre beneficiar al mayor número de compañeros, como no podía ser de otra forma, y consideramos el preacuerdo en su conjunto MUY POSITIVO.

Animamos a todos a que os leáis el preacuerdo en cuanto este publicado.