Como recordaréis, a principios de año, la empresa propuso una
Modificación Sustancial de las Condiciones de Trabajo que comprendía el cambio
de ambos modelos, incluyendo objetivos Individuales y no dando peso a los de
Grupo. Se abrió un periodo de negociación de 15 días no alcanzando un preacuerdo.
A partir de ese momento se interpusieron sendas demandas ante el Juzgado de lo
Social, puesto que la empresa decidió igualmente, y de forma unilateral,
implantar el nuevo modelo, la empresa solicitó un aplazamiento de los juicios
del Convenio Grupo Parcial para intentar llegar a un preacuerdo.
Actualmente tenemos que comunicaros que hemos conseguido
llegar a un preacuerdo y queremos explicaros en qué consiste, para ello os
trasladamos los logros alcanzados:
Logros alcanzados |
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Hasta ahora los sistemas de
valoración de los objetivos y del desempeño del trabajador (MIDE y SGO)
se regulaban en procedimientos internos, no estando por tanto sujetos a
negociación colectiva. A raíz de este preacuerdo pasan a estar sujetos a
negociación (los trabajadores tendremos voz y voto). |
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En el preacuerdo se establece la desaparición
de la asignación de los rangos de letras para la valoración del desempeño
individual, en cuanto a su ponderación a efectos económicos. Esto
como sabéis suponía una fuente constante de conflictos y de enfrentamiento
que nunca hemos querido. Se seguirá haciendo una valoración de los
trabajadores, pero sólo a efectos de desarrollo (movilidad, promociones,
formación). Además, y a estos efectos, se reduce el rango de letras pasando a
considerar sólo C, C+ y B. |
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Como sabéis teníamos unas capas de
ponderación de objetivos: Grupo, Dirección, División, y, con la modificación
introducida, Individuales. Uno de los pilares de nuestras demandas era que no
queríamos que se eliminara la capa de Grupo en ninguno de los dos
sistemas dado que históricamente ha sido siempre la capa más estable. Hemos
conseguido mantenerla en los dos sistemas. Finalmente, el porcentaje de
capas de valoración serán las siguientes, mejorando considerablemente
los % que existían con carácter previo a la denuncia:
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Hemos conseguido que el periodo
de establecimiento de los objetivos sea el primer cuatrimestre del año,
como sabéis hasta ahora no existía este compromiso, demorándose más de lo
deseado y considerando que esto era un perjuicio para el trabajador. Si no
se cumple este plazo, salvo por fuerza mayor, se garantiza un mínimo
de un 70% de consecución en el periodo desde enero hasta la fecha en que
se determinen. Esto aplicará a partir de 2022. |
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Se establece una comisión
paritaria de seguimiento para cada modalidad del sistema (MIDE y SGO), en
la que participa la representación de los trabajadores (RT). Será por tanto
la RT quien defienda ante la empresa las posibles demandas tanto en el
establecimiento de objetivos como en su valoración final. |
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Se ha conseguido mejorar las
situaciones especiales ya acordadas en 2015 y referidas a maternidad,
incapacidad, suspensión de la relación laboral, disfrute medidas de
conciliación, etc. |
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A efectos de valoración de la
consecución de los objetivos no se tendrán en cuenta los periodos de
absentismo inferiores al 4%. Esto no aplica en las situaciones especiales
en las que se garantiza el 100%. |
Ante todo, trasladar que desde CCOO hemos trabajado duramente
pensando siempre beneficiar al mayor número de compañeros, como no podía ser de
otra forma, y consideramos el preacuerdo en su conjunto MUY POSITIVO.
Animamos a todos a que os leáis el preacuerdo en cuanto este
publicado.
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