El pasado 29 de junio llegamos a un principio de
acuerdo con la Empresa en la negociación del Convenio Colectivo.
La negociación ha sido muy complicada, porque la
Empresa ha planteado unas exigencias muy altas en esta negociación consistentes
en:
1.
Negociación del
Convenio Colectivo del año 2015 sólo para ese año. (Estamos acabando el mes de
junio de 2016).
2.
Aceptar el cambio
de ámbito de negociación desde el año 2016, incluyéndonos en la negociación de
un nuevo convenio que afectara a CEPSA en sus centros de Madrid, a las personas
con carta de garantías del convenio CEPSA en filiales, ya sea en Madrid como en
las Delegaciones Comerciales y a casi todas sus filiales en Madrid.
3.
Acordar las
garantías, que la plantilla actual, tendrá reconocidas, a título personal, a
futuro.
No habiendo sido capaces de convencer a la Empresa
para establecer otro marco de negociación, el resultado de estas negociaciones
es el siguiente:
1.
Firma del
Convenio Colectivo del 2015, con vigencia de un año, en las mismas condiciones
que estaba el convenio anterior, modificando todos los cambios producidos
fundamentalmente por nuestra exclusión del Convenio Colectivo del Refino y
excluyendo el premio de presencia por exigencia de la empresa.
Este acuerdo tendrá una prórroga o
ultra-actividad hasta el 31 de diciembre de 2018, mientras no se negocie otro
convenio que lo sustituya.
2.
Aceptamos el
cambio de ámbito de negociación, a partir del año 2016, para estar afectados
por el Convenio Colectivo del Grupo CEPSA que se negocie para sus centros en
Madrid y en las Delegaciones Comerciales.
3.
Garantías que
portará cada persona, que esté dada alta en la plantilla CEPSA, antes de que se
firme el convenio descrito en el punto anterior:
-
Blindar, de forma
indefinida a título individual, los aspectos fundamentales de nuestros derechos
adquiridos tales como la RBG y su evolución, la jornada de 1.680 horas, los 25
días de vacaciones, los días de asuntos propios.
-
Las condiciones
de jubilación ordinaria, parcial y Plan de Pensiones.
-
En el apartado de
organización mantendríamos el tratamiento para posibles excedentes y nuestras
Cartas de Garantías actualizadas, aspecto fundamental para la estabilidad del
empleo y con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2018.
-
Mantener, al
menos durante la vigencia del convenio descrito en el punto 2, las
compensaciones económicas, descritas en nuestro convenio, cuando estamos
enfermos.
-
Ante la posible
evolución del manual de clasificación, el respeto a una clasificación
profesional equivalente a la actual y la entrega de un mapa de todos los
puestos de trabajo existentes con la clasificación profesional asignada a los
mismos, la función principal que determina la clasificación del puesto, las
personas que los ocupan y el nivel salarial que tienen reconocido.
-
Un tratamiento
más favorable para el PDP y el PR y el reparto de forma equilibrada y solidaria
del actual montante de la “Obra Social”.
Con dicho acuerdo, pretendemos dar salida, de la forma
más favorable posible en las actuales circunstancias, a una negociación que se
inició hace más de un año y eliminar la incertidumbre que supone el no
disponer de un Convenio Colectivo en el marco complejo en el que se está
moviendo la Compañía.
No hay comentarios:
Publicar un comentario