La sábana…
Este miércoles haremos llegar a la Representación de la Empresa (RE), nuestra propuesta económica (tratamiento de salarios, antigüedad, variables, etc…). Entramos en la fase definitiva del Convenio y os pedimos vuestra atención y apoyo. Tendréis conocimiento de dicha propuesta en cuanto sea oficialmente entregada a la Empresa. Pero antes de entrar a discutirla, tenemos que resolver otro tema fundamental, la denominada trasposición al nuevo Sistema de Clasificación Profesional.
La Empresa ha cambiado su sistema de Clasificación Profesional. Además de otros cambios en aspectos fundamentales que aún estamos discutiendo con la RE, la aplicación del nuevo sistema implica que todos los niveles salariales de los Convenios actuales han de ser “encajados” en los niveles que define el nuevo sistema, cambiando en todo caso su denominación pues probablemente se use además una codificación alfabética en lugar de numérica.
¿Va a afectar la trasposición a la retribución?
Como consecuencia de la trasposición prevemos que:
- Un porcentaje mayoritario de puestos (en torno al 70-80%), mantendrá su actual clasificación. Ningún cambio por tanto para este porcentaje, salvo lo relativo a la denominación de su nuevo nivel.
- Otro porcentaje de puestos, entre el 10-15%, verán asignado un nivel superior, ya sea porque el nuevo manual así clasifica su puesto o porque dicho puesto haya sufrido una revisión reciente. En estos casos, existe promoción y como tal deberá ser tratada.
- Finalmente, para otro porcentaje similar al anterior, el nuevo sistema asignará niveles salariales inferiores. Para estos casos, además de estrechar el control, como es obvio vamos a pedir a la Empresa que respete íntegramente la retribución.
¿Qué estamos haciendo desde la Representación de los Trabajadores?
La Clasificación Profesional de todos los profesionales de la Compañía es responsabilidad exclusiva de la Empresa. Nuestras posibilidades en este terreno se limitan a intentar garantizar que dicha clasificación respeta la profesionalidad y los derechos salariales de los trabajadores. En este sentido:
- Hemos recibido la información con la nueva clasificación de todos los puestos de trabajo (puestos de trabajo, no personas) afectados por este Convenio y correspondientes a las posiciones del actual organigrama. Por el formato y tamaño de la información la denominamos “la sábana”.
- Llevamos más de una semana comprobando si dicha clasificación se ha hecho de forma homogénea (misma clasificación para las mismas funciones), y que efectivamente se han efectuado teniendo en cuenta la posición actual en los organigramas. Las dudas se trabajan en conjunto con la RE.
- Si se llega a un acuerdo final en este Convenio, ya está aceptada por la Empresa la constitución de una Comisión conjunta que estudiaría las posibles reclamaciones respecto a la trasposición.
- Ese será también el momento de comprobar que “el encaje” de niveles de los diferentes Convenios respeta los derechos respecto a la clasificación en ellos recogidos.
Madrid, 4 de octubre de 2017
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