Con esta comunicación,
queremos informaros de la marcha del Convenio Grupo Parcial, intentando al mismo
tiempo aclarar algunas dudas que nos han trasladado trabajadoras y trabajadores
adscritos a los Convenios de CEPSA y CEPSA QUÍMICA o con Cartas de Garantía.
Necesitamos vuestra
máxima atención y apoyo pues como sabéis, además de que la consolidación de los
derechos individuales acordados en Septiembre de 2.016 (la mochila), está
condicionada a la firma de este Convenio Único Parcial, el tratamiento para los
nuevos ingresos y los aspectos no garantizados como la clasificación,
licencias, excedencia, etc., se regirán
por lo aquí acordado.
Propuesta salarial de
la Empresa: La Representación de la
Empresa (RE) nos ha presentado su propuesta salarial y una vez analizado su
impacto en los diferentes colectivos llegamos a las siguientes conclusiones:
Ø Reconocemos y valoramos
positivamente el esfuerzo económico que hace la Empresa, dirigido,
fundamentalmente, a mejorar los Salarios Base de los trabajadores y
trabajadores de filiales con retribuciones más bajas.
Ø Sin embargo, no podemos aceptar la
propuesta salarial con carácter general que hace la Empresa -que es la que
afectaría al colectivo para el que dirigimos esta comunicación- al proponer subidas
determinadas en función de la evolución de los Beneficios de la empresa y sin consolidar
en tablas, pues, en la forma que está redactada actualmente, marcaría una
tendencia de incertidumbre para la evolución del salario del conjunto de la
plantilla.
Comparación propuestas salariales:
Nuestra
Propuesta nº1: EVOLUCIÓN SALARIAL PARA TODOS LOS COLECTIVOS Y EMPRESAS:
Subida salarial en
tabla del 1,6% para 2016, 2% para 2017, e incrementos del 1,5% para años
sucesivos, revisables con el resultado del IPC.
Respuesta
de la Empresa:
Subidas del 1,5% para
2016, 2% para 2017, e incrementos entre el 0,5 y el 2%`para años sucesivos en
función de la evolución de los Beneficios Después de Impuestos (BDI). Subidas
que se acercan a las solicitadas, pero propuestas a percibir todas ellas como pago único, es decir, sin consolidar en tablas.
Nuestra
Propuesta nº2: ACERCAMIENTO DE LOS SALARIOS DE FILIALES A LA MEDIA DE LA
COMPETENCIA DE PERFIL INTERMEDIO:
Como sabéis, también hemos solicitado el establecimiento en este Convenio
de unos salarios base que se vayan alineando con la media de las empresas
intermedias del sector. Concretamente, incrementos entre el 17,3 y el 27,1% respecto al Convenio
actual de CBS/CCP. (Consultar anexo 2)
De esta subida se beneficiarían los colectivos que tienen salarios base de
referencia más bajos, es decir, además de los mencionados CBS y CCP, aquellos
trabajadores y trabajadoras procedentes de E.P., CECONOSA, GAS Y ELECTRICIDAD,
TRADING…) que estén en situación similar. Por tanto, esta propuesta no afectaría a aquellas empresas y colectivos cuyos Salarios
Base estén por encima de los salarios resultantes de CBS/CCP una vez
incrementados estos porcentajes. Estos son los casos de CEPSA y CEPSA QUÍMICA Y
CARTAS DE GARANTÍA.
Respuesta de la Empresa:
Acepta un incremento lineal del 16%, en forma de concepto COMPLEMENTO DE
CONSOLIDACIÓN para aquellos colectivos que tengan los salarios base de
CBS/CCP o más bajos, pero excluyendo en
su aplicación a aquellos trabajadores y trabajadoras que, aun teniendo dichos Salarios Base, perciben
complementos personales superiores a este 16%, pues serían absorbidos.
Nuestra propuesta nº3: Homogeneización de
la Antigüedad.
La RE no acepta ninguna modificación en
los términos actuales de la Antigüedad.
Nuestra propuesta nº4: HOMOGENEIZACIÓN DE
VARIABLES:
Es necesario homogeneizar los variables para que no se produzcan
agravios comparativos entre trabajador@s que desempeñan funciones similares.
Respuesta de la Empresa:
Respetando los derechos de quien tenga porcentajes superiores, la empresa
acepta la unificación de variables fijándolos en el 10% en dos años, lo que
beneficiará a más de 150 personas. Esta
unificación no afectaría a los colectivos de CEPSA, CEPSA QUÍMICA Y CARTAS DE
GARANTÍA, al considerar la Empresa que los variables PDP y
el PR suman más del 10%.
Situación actual de otros aspectos de la
negociación…
EXCLUSIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO
La Empresa plantea la exclusión automática y obligatoria del Convenio a
todos los efectos desde el nivel 8 (Actualmente están excluidos y de forma
voluntaria los Jefes de Departamento a efectos salariales).
Este va a ser un tema difícil de acordar
pues no somos partidarios de la exclusión obligatoria de nadie en el Convenio.
CLASIFICACIÓN PROFESIONAL:
Como sabéis, la Empresa ha cambiado su Sistema de Clasificación. Dado que
existen unos derechos al respecto en los Convenios actuales, desde la RT condicionamos
un acuerdo a este respecto a las garantías de trasparencia del nuevo sistema y
de las posibilidades de participación que se dé en el mismo a los
Representantes de los Trabajadores. Estamos pendientes de los textos finales al
respecto.
LA SÁBANA:
Es la forma que denominamos la trasposición de los niveles salariales de
los actuales Convenios a los niveles del nuevo sistema. Hemos analizado en
comisiones de trabajo dichas trasposiciones y hemos observado que se producirán
algunas promociones (en torno al 12-15%), pero también situaciones en un
porcentaje similar de puestos que quedarán clasificados por debajo. Para estos casos, ya tenemos el compromiso
de la RE de mantener la retribución salarial del nivel de partida. El resto
de puestos, mantendrá su nivel salarial, aunque sufra algún cambio su
denominación (se plantean letras en lugar de números).
No obstante, a la firma del Convenio, se abrirá una Comisión de
Clasificación que analizará con detalle todos los puestos de trabajo sobre los
que pueda haber alguna duda o surjan reclamaciones y, a través de la cual, se
hará llegar a todos los trabajadores y trabajadoras la clasificación de su
puesto y una descripción de sus funciones sujetas a valoración.
JORNADA, VACACIONES Y ASUNTOS PROPIOS:
Hemos pedido la extensión de los derechos
que ya tienen los actuales trabajadores de CEPSA Y CEPSA QUÍMICA Y CARTAS DE
GARANTÍA al resto de colectivos, única forma de garantizarlos también a las
nuevas contrataciones.
LICENCIAS RETRIBUIDAS Y TRATAMIENTO DE IT’s:
Queremos cerrar el CGP con la garantía de que no se pierde ningún derecho
en estos apartados. Estamos bastante cerca de
ello.
ESTABILIDAD EN EL EMPLEO
Este apartado, que consideramos de gran importancia, está
prácticamente acordado
OTROS ASPECTOS DEL
CONVENIO
Aunque hemos avanzado en muchos temas como Salud Laboral,
Formación, etc. aún tenemos algunos puntos muy importantes sin cerrar como
inclusión de la Flexibilidad en el Convenio, M.I.D.E., Derecho a la
Desconexión, Obra Social, etc…
INFORMACIÓN
COMPLEMENTARIA:
ANEXO
1: Acuerdo septiembre 2016 en Salarios:
En
el acuerdo de Septiembre de 2016 que afecta al personal
de los Convenios de CEPSA, CEPSA QUÍMICA y CARTAS DE GARANTÍA, se pactaron las
garantías sobre la Retribución fija anual, según el siguiente detalle:
o
EL IMPORTE DE LA RETRIBUCIÓN FIJA ANUAL SE ADAPTARÁ A LAS TABLAS Y
ESTRUCTURA SALARIAL DEL CONVENIO DE GRUPO PARCIAL (CGP) DE LA SIGUIENTE FORMA:
Ø “COMPLEMENTO CEPSA”: a las personas afectadas por el Convenio Colectivo Cepsa Madrid 2015
se les asignará un concepto (Complemento CEPSA) que unido al Salario Base y
otros posibles conceptos retributivos fijos del CGP, garantice la percepción de
un importe igual a la suma actual de la RBC y PCT.
RBC+ PCT = Tabla Salario Base + otros conceptos de
naturaleza fija + “Complemento CEPSA”
ü El Complemento CEPSA
será un concepto salarial fijo, revisable con el incremento de la tabla de
salario base que pudiera pactarse en el CGP, pensionable y base de la
retribución variable.
ü En caso de promoción, se
mantendría el importe del Complemento CEPSA que el trabajador viniera
percibiendo.
En función de este
punto de partida, lo que nos toca ahora es
garantizar la evolución salarial a futuro para estos colectivos y de ahí
nuestra petición a la que la RE ha respondido.
ANEXO
2: Propuesta para el establecimiento de los salarios base en el CONVENIO ÚNICO
PARCIAL:
Nivel
CBS/CCP
|
SALARIO BASE
ACTUAL CCP/CBS
|
Subida
PROPUESTA
|
SALARIO
RESULTANTE PROPUESTO
|
1
|
14.426,92
|
27,1%
|
18.336,62
|
2
|
15.436,80
|
27,1%
|
19.620,17
|
3
|
16.735,34
|
27,1%
|
21.270,61
|
4
|
18.610,75
|
26,0%
|
23.449,55
|
5
|
21.206,95
|
24,3%
|
26.364,69
|
6
|
24.814,34
|
21,6%
|
30.175,99
|
7
|
30.152,26
|
18,8%
|
35.834,60
|
8
|
38.231,33
|
17,3%
|
44.845,35
|
Tomando
como referencia los salarios base actualmente establecidos en el Convenio
CCP\CBS, incrementos entre el 17,3 y el 27,1% según categorías profesionales:
Actualmente estamos
buscando alternativas negociadas al tema salarial. Esperamos poder informaros en
breve de una salida satisfactoria para todos.
Comité de
Empresa CEPSA
13 de Noviembre
de 2017
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