Desde CCOO y
UGT no estamos conformes en cómo se está llevando a cabo la comisión de
seguimiento del programa PSV, entendiendo que no dan respuestas a algunas de
las cuestiones planteadas y que os relacionamos a
continuación:
A) EN CUANTO A LLAMADAS:
-
Dentro
del número de empleados a los que se ha llamado:
o ¿Cuántos han solicitado la
adhesión al PSV? Finalmente, tenemos dos números
apuntados diferentes.
o
¿Cuántos
trabajadores NO HABÍAN SOLICITADO la adhesión al PSV y se ha contactado con
ellos? ¿Cuál es el motivo? Hablado con vosotros en
varias ocasiones, no acabamos de entender el motivo por el que se contacta con
trabajadores que no se han adherido.
o
¿A
cuántos trabajadores con solicitud de adhesión AÚN NO SE HA LLAMADO? Con fecha 28/04 nos decís que se han puesto en contacto con
el 50% de los afectados por el PSV, esto sería 172 personas, trasladamos que no
nos cuadra que hayan llamado a más personas de las que pueden ser aceptadas en
el programa y si es así, el resto no tendría ninguna posibilidad, la respuesta
es que podéis haber rechazado a parte de estos trabajadores pero que
desconocéis el dato.
o
¿Con la ampliación del plazo hasta el 29/05 para contactar con los
trabajadores suscritos al programa (341) podrá RRHH cumplir con la fecha?
o ¿Es cierto que RRHH se ha
puesto en contacto con trabajadores que no han solicitado la adhesión al PSV o
no han aceptado y que han recibido POR PARTE DE LA EMPRESA cierta “presión”
generando “dudas” con respecto a su futuro?
Si esto fuera cierto, consideramos que es inadmisible teniendo en
cuenta que es un programa de adhesión “voluntaria”.
-
En
cuanto a respuestas por parte del trabajador:
o ¿Cuántos han dicho “SÍ”?
o ¿Cuántos han dicho NO?
B) EN CUANTO A CONFIRMACIÓN POR
PARTE DE LA EMPRESA:
o ¿Qué plazo tiene la empresa
para CONFIRMAR a los trabajadores desde que éstos dicen que SÍ?
o ¿A cuántos trabajadores se
les ha CONFIRMADO que se pueden marchar de la Empresa?
§ De éstos, ¿cuántos
trabajadores tienen firmado el contrato CON FECHA DE SALIDA?
§ ¿Cuántos trabajadores tienen
firmado el contrato SIN FECHA DE SALIDA?
§ Varios
trabajadores nos han indicado que una vez CONFIRMADO por RRHH que SÍ es efectiva su salida, se ha vuelto a
contactar con ellos para posteriormente
decirles que NO ¿cuál es la explicación?.
C) EN CUANTO A CRITERIOS DE
SELECCIÓN:
¿Se ha
mantenido el criterio de EDAD MÁS CERCANA A LA JUBILACIÓN sobre AMORTIZACIÓN
DEL PUESTO? En caso contrario, ¿qué criterio ha prevalecido sobre cuál?
ü APROBACIÓN POR JEFE:
§ CON la aprobación previa del/los
jefe/jefes del trabajador:
·
¿Qué
criterio ha utilizado RRHH para dar su SI?
·
¿Qué
criterio ha utilizado RRHH para dar su NO?
§ SIN la aprobación previa del/los
jefe/jefes del trabajador:
·
¿Se
ha comunicado a algún trabajador por parte de RRHH su visto bueno, teniendo que
rectificar por la no aprobación de su jefe?
ü AMORTIZACIÓN DE PUESTOS
(DIRECTOS o INDIRECTOS):
§ De las aceptaciones al PSV,
·
¿Cuántos
puestos son amortizables directamente?
·
¿Cuántos
puestos son amortizables indirectamente?
D) EN CUANTO A PLAZOS:
o ¿Hasta qué fecha pueden ir
saliendo los trabajadores? ¿31 de diciembre de 2020? ¿O existen “fases” de
salida, aun correspondiendo ya a 2021?
o ¿Se está estudiando volver a
sacar un PSV el próximo año de forma global? ¿O quizás de forma individual con
los trabajadores que lo han solicitado este año y se van a quedar “fuera”?
E) EN CUANTO A REQUISITOS:
o Convenio con la Seguridad
Social. ¿Cómo pueden realizar los trámites dentro del plazo de los 90 días
aquellos trabajadores que se marchan por el PSV si las oficinas están cerradas
presencialmente?
Un apunte que nos gustaría
que tuvierais en cuenta, en el punto SEGUNDA del finiquito, a
continuación del párrafo donde se indica que el trabajador no tiene nada más
que reclamar a la empresa, debería añadirse exceptuando las cantidades
que hayan sido reclamadas y se hallen pendientes de resolución por el juzgado.
Quedamos a la espera de vuestros comentarios.
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