viernes, 27 de junio de 2014
La nueva tributación fiscal de la indemnización por despido
Hasta ahora, las indemnizaciones por despido estaban exentas en la normativa actual del
IRPF por el monto de su cuantía legal. En consecuencia, en caso de despido improcedente
quedaba exenta la indemnización correspondiente al período de trabajo anterior al 12 de
febrero de 2012, hasta 45 días de salario por año de servicio con un máximo de 42
mensualidades, y hasta 33 días de salario por año de servicio con un máximo de 24
mensualidades, para el período trabajado con posterioridad al 12 de febrero de 2012. En
caso de despido procedente, estaba exenta la indemnización hasta 20 días por año trabajado
con un máximo de 12 mensualidades. Las cantidades recibidas por encima de estas cuantías
tributaban como rentas irregulares, siempre que se hayan generado en un plazo superior a
dos años, y quedaban por ello exentas en el 40% de su cuantía y tributando por el resto al
tipo general.
Nueva tributación de la indemnización por despido
Sin embargo, con la reforma propuesta por el Gobierno todos los despidos que se produzcan,
incluidos los supuestos recogidos en el art. 51 del Estatuto de los Trabajadores (despidos
colectivos) y en el art. 52 (despidos objetivos) deberán tributar por las cuantías que superen
los 2.000 euros por cada año trabajado en la empresa que se haya utilizado para calcular la
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indemnización por despido. Estas cuantías tributarán, si se cumplen los requisitos
establecidos para ello, como rentas irregulares, pero ahora sólo quedarán exentas en el 30%
(hoy ese porcentaje es el 40%) y tributarán por el resto al tipo general.
miércoles, 25 de junio de 2014
RIESGO EN CANARIAS EXPLORACIONES REPSOL
Richard Steiner, profesor de la Universidad de Alaska
hasta 2010, especialista en conservación marina y asesor de una decena de países
en materia de perforaciones en mar abierto, ha informado al Cabildo de
Fuerteventura sobre el riesgo que corren las aguas de Fuerteventuta y Lanzarote
con la Declaración de Impacto Ambiental que el Gobierno de España acaba de
aprobar (el 29 de mayo) para la petrolera multinacional Repsol.
Steiner explica que las condiciones impuestas en el
proyecto de las Islas Canarias a la perforación de Repsol por el Gobierno de
España “son de hecho tan rudimentarias” que “el proyecto sigue siendo
demasiado arriesgado”. Y advierte que los requisitos ahora conocidos
son “terriblemente insuficientes”.
“Todo el mundo debe entender que un proyecto de
perforación exploratoria en aguas profundas es extremadamente peligroso. Plantea
un alto riesgo de una explosión catastrófica.Un reventón de este tipo
pondría en peligro todo lo que define las Islas Canarias: medio ambiente, la
cultura y la economía. Hemos aprendido esta lección de la manera más difícil en
los EE.UU., con el desastre de BP Deepwater Horizont en 2010”, recuerda el
especialista canadiense.
Tras haber estudiado la documentación facilitada por
Repsol y conocer ahora la Declaración de Impacto Ambiental, Steiner señala que
“tenía la esperanza de que el Gobierno de España apreciaría la enormidad
del riesgo de la propuesta de perforación de Repsol”. Pero “dadas
las condiciones mínimas que el Gobierno está poniendo al
proyecto, el Gobierno está al parecer dispuesto a colocar las
Islas Canarias en riesgo de un derrame de petróleo catastrófico. Esto
parece muy irresponsable, incluso por negligencia grave, y podría ser un
error trágico”,advierte.
En este mismo sentido hay que recordar que el DIA
desliga el riesgo de accidentes del proyecto y no establecen medidas
obligatorias, sino meras recomendaciones.
De hecho, el propio texto de la DIA dice textualmente
"En relación con el análisis de los sucesos accidentales descrito en el
apartado B, para su consideración en la autorización sustantiva del proyecto,
se ha estimado el riesgo ambiental para el archipiélago canario, suponiendo un
caudal de blowout de 3.000 bbl/día que sin la aplicación de las medidas de
lucha contra la contaminación, podría tener unas consecuencias que el promotor
ha estimado en el estudio de impacto ambiental y adendas"
El Cabildo de Fuerteventura en su comunicado señala que
"es asombroso que el Ministerio de Medio Ambiente no se pronuncie y no
evalúe el riesgo que supone el proyecto, tal y como exige la legislación. Sólo
se remite a lo dicho por el promotor. El órgano ambiental debe pronunciarse
sobre el riesgo y debe adoptar medidas a cumplir por el promotor y no elaborar
meras recomendaciones, como es el caso aquí".
Richard Steiner es catedrático de Ciencias Marinas por la
Universidad de Alaska, donde impartió docencia durante 30 años (1980-2010
). Tuvo un papel destacado en las acciones de respuesta ante el
derrame del Exxon Valdez (1989) e igualmente ha intervenido en relación con
otros accidentes petrolíferos como el de Deepwater Horizont (2010). Ha
trabajado también en relación con perforaciones petrolíferas y medidas de
seguridad ambiental en Pakistan, China, Rusia, Líbano, Nigeria, Shetland,
central Asia, and the Gulf of Mexico.Actualmente está considerado como un
especialista de referencia a nivel internacional en torno a la
peligrosidad de las perforaciones en aguas profundas.
Steiner ya recomendó en las alegaciones a la DIA de
Repsol presentadas en septiembre de 2013 que se evaluarán riesgos por un
derrame accidental de 30.000 barriles diarios de petróleo, frente a los 1.000
que proponía el documento de Repsol. Sin embargo, el Gobierno de España se
conformó con pedir a Repsol que ampliará los cálculos para sólo 3.000 barriles
diario, diez veces menos que lo recomendado por Steiner.
Richard Steiner también participó a comienzos de 2014 en
la gestiones realizadas por varios ciudadanos de Fuerteventura y Lanzarote ante
la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo, consiguiendo que éste
mantuviera abierta una queja ciudadana (y la subsiguiente investigación) sobre
las prospecciones petrolíferas en Canarias, pese a los intentos del grupo
popular por cerrarla. Los argumentos expuestos fueron de tal contundencia que
el propio grupo popular europeo varió su opinión y aceptó mantener abierta la
queja ciudadana, acordándose entonces por unanimidad.
Problemas en Namibia
Richard Steiner también tiene presente las noticias
recientes del desastre que estuvo a punto de provocar en la costa de Namibia el
barco perforador que Repsol utilizará en las prospecciones de Canarias, el
‘Rowan Reinaissance’, a raíz de dos fallos producidos de forma consecutiva en
dos pozos distintos, que llevaron a abandonar la perforación.
La cementación de la parte superior del primer pozo de
Namibia (Welwitschia 1), falló el pasado 23 de abril y como consecuencia toda
la cabeza del pozo se derrumbó bajo el fondo marino. “Si esto hubiera ocurrido
al llegar a la bolsa de hidrocarburos, fácilmente podría haber resultado en un
blowout o explosión”, advirtió.
También fracasó en la instalación de la unidad de
control en el segundo pozo (Welwitschia 1A) el pasado 1 de mayo, lo que también
podría haber resultado en un blowout catastrófico, si hubieran alcanzado una
zona de hidrocarburos
Jeremy Asher, el presidente de la compañía Tower
Resourcings, a cargo de las perforaciones en Namibia por encargo de Repsol,
comentó a raíz de estos sucesos: “no es raro tener problemas
técnicos con maquinaria nueva y en particular en barcos de perforación como el
Rowan Renaissance”
martes, 24 de junio de 2014
ANTEPROYECTO LEY REFORMA IRPF
«3. El límite previsto en el último párrafo de la letra e)
del artículo 7 de esta Ley no resultará de aplicación a las indemnizaciones por
despidos o ceses producidos con anterioridad a 20 de junio de 2014. Tampoco resultará de aplicación a los despidos que se
produzcan a partir de esta fecha cuando deriven de un expediente de regulación
de empleo aprobado, o un despido colectivo comunicado a la autoridad laboral,
con anterioridad a dicha fecha.»
ANTEPROYECTO LEY REFORMA IRPF
Uno.
Se modifica la letra e) del artículo 7, que queda redactada de la siguiente
forma:
«e)
Las indemnizaciones por despido o cese del trabajador, en la cuantía establecida
con carácter obligatorio en el Estatuto de los Trabajadores, en su normativa de
desarrollo o, en su caso, en la normativa reguladora de la ejecución de
sentencias, sin que pueda considerarse como tal la establecida en virtud de
convenio, pacto o contrato.
Sin
perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior, en los supuestos de despidos
colectivos realizados de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 del
Estatuto de los Trabajadores, o producidos por las causas previstas en la letra
c) del artículo 52 del citado Estatuto, siempre que, en ambos casos, se deban a
causas económicas, técnicas, organizativas, de producción o por fuerza mayor,
quedará exenta la parte de indemnización percibida que no supere los límites
establecidos con carácter obligatorio en el mencionado Estatuto para el despido
improcedente.
El importe de la
indemnización exenta a que se refiere esta letra tendrá como límite la cantidad
de 2.000 euros por cada año de servicio prestado que se compute a efectos de
determinar la cuantía de la indemnización obligatoria a que se refieren los
párrafos anteriores.»
martes, 17 de junio de 2014
PEDRO MIRO, NUESTRA FELICITACIONES
Economía/Energía.- Pedro Miró (Cepsa), nuevo presidente de Enerclub para los próximos dos años
ELECONOMISTA.ES
El consejero delegado de Cepsa, Pedro Miró Roig, ha sido nombrado nuevo presidente del Club Español de la Energía (Enerclub) para los próximos dos años, sustituyendo en el cargo a Rafael Villaseca, consejero delegado de Gas Natural Fenosa.
En su discurso de toma de posesión durante la Asamblea General de Enerclub, Miró explicó que, entre las líneas de actuación de su mandato, se incluyen: continuar y potenciar las actividades de la comunicación y divulgación de los temas energéticos; mantener el valor de la institución como lugar de encuentro integrador de todas las fuentes energéticas y todos los agentes del sector; y ampliar la actuación del club en el ámbito internacional.
Asimismo, expresó su deseo de que la "incertidumbre" que ha caracterizado el contexto energético de los últimos años deje de ser la única certeza y que, mediante el esfuerzo equilibrado de todos, se alcance "lo antes posible" un modelo energético competitivo, seguro, sostenible social y medioambiental.
Por su parte, Villaseca mostró "un profundo agradecimiento" a todos los asociados por el apoyo recibido, especialmente teniendo en cuenta que los últimos dos años han sido de gran complejidad para el sector.
Además, refiriéndose a los órganos de gobierno de la asociación, destacó, el importantísimo papel desempeñado por el Comité Rector, liderado por Pedro Miró, en su labor de definición del plan anual de las actividades del club y de la supervisión de su desarrollo.
lunes, 16 de junio de 2014
ACUERDO EN MATERIA DE HORARIOS Y VALES DE COMIDA
INFORMACIÓN de
los COMITÉS de EMPRESA de MADRID
CAMBIO SUSTANCIAL
CONDICIONES DE TRABAJO en CEPSA Madrid, CEPSA Conveniencia,
CECOCENTRO, CEPSA Comercial Petróleo, CEPSA Química Madrid
Compañeros/as,
El pasado día 28 de Mayo, la Empresa reunió a cada Comité de
Empresa de las Empresas con centro de trabajo en Madrid, para comunicarnos su
decisión de cambiar partes fundamentales de nuestra actual relación laboral, horario
y vales de comida.
Os informamos que la convocatoria de los Comités se produce
en cumplimiento de un requisito legal que marca el Estatuto de los Trabajadores,
para iniciar la legalización de los cambios que la Empresa desea implantar.
Esa misma regulación dispone de un período de tres días, que
se llaman de consulta, en los que la Representación Legal de los Trabajadores y
Trabajadoras tiene una oportunidad de reconducir las medidas que se desean
tomar, y así hemos obrado unidos todos los Comités de Empresa del Grupo CEPSA
en Madrid en esta circunstancia.
Los
Comités de Empresa de CEPSA, CEPSA Química, CEPSA Comercial Petróleo, CEPSA
Conveniencia y CECOCENTRO, que creemos que la FLEXIBILIDAD es la mejor
herramienta para la conciliación de la vida familiar y laboral…
·
valorando que en la
decisión de la Empresa, la desaparición del control de presencia, dejaba a los
trabajadores/as un espacio de flexibilidad muy limitado y fuertemente tutelado,
·
y la gravedad de
la rebaja de nuestras condiciones salariales a través de la disminución de los
vales de comida,
…hemos
realizado diferentes propuestas estos últimos días a la Compañía, con el
objetivo de conseguir un horario que mejorara REALMENTE la flexibilidad horaria
por la vía de la gestión individual de cada trabajador/a y recuperar la pérdida
del importe que la Empresa tenía previsto de los vales de comida.
El proceso iniciado por la Empresa ha concluido en la
madrugada del 12 de junio, tras la firma de un acuerdo con todos los Comités de
Empresa de Madrid, cuyo detalle os adjuntamos.
Trabajar todos unidos ha sido, en nuestra opinión, pieza
fundamental de las mejoras introducidas a la pretensión inicial de la Empresa,
y una experiencia muy satisfactoria.
Recibid un saludo,
COMITÉS de EMPRESA CEPSA Química Madrid,
CECOCENTRO, CEPSA Conveniencia, CEPSA Madrid y CEPSA Comercial Petróleo, a 12
de Junio de 2014
.
viernes, 6 de junio de 2014
cambio de condiciones de TRABAJO
Con la excusa de la flexibilidad (conciliación ) ..que se quiere traducir en mayor RENTABILIDAD, Cepsa quita RELOJ
y se pinta, según quien en: DISPONIBILIDAD cargandose la RIJIDEZ...¡¡¡biennnnnn!!! ¿NO?
y se pinta, según quien en: DISPONIBILIDAD cargandose la RIJIDEZ...¡¡¡biennnnnn!!! ¿NO?
PEROoooooooooooooooooooo, al final no será EL RELOJ el que te sujete, será TU RENTABILIDAD, TU DISPOSICION TOTAL,
PORQUE, si NO CUMPLES (aunque nadie te haya puesto objetivos), aunque hayas trabajado 25 horas o más.....TE DIRÁN
y ES QUE antes PODIAS PELEARLO, LUCHARLO, "OIGA QUE YO TENGO MI HORARIO", mis condiciones laborales, mi acuerdo entre partes, ¡¡¡PUES NO!!!
PREGUNTA:
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jueves, 5 de junio de 2014
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